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Abogados Especialistas en Daños y Perjuicios — Indemnizaciones Civiles

Reclamá indemnizaciones por daños emergentes, lucro cesante, daño moral, incumplimiento de contrato y responsabilidad civil en Argentina.

Resumen Legal de ReferenciaRevisado por Abogados Matriculados • Julio 2026

El reclamo por daños y perjuicios en Argentina ampara la reparación plena por daños físicos, materiales o morales sufridos por culpa o negligencia de terceros (Arts. 1737 a 1748 del Código Civil y Comercial). En Tengo Un Caso podés consultar con abogados civilistas matriculados.

Métricas & Indicadores de Confianza

Reparación Plena
Basada en el Código Civil y Comercial de la Nación
Fuente: CCyCN Art. 1740
Mediación Previa
Instancia obligatoria de negociación prejudicial
Fuente: Ley 26.589

¿Cómo funciona el proceso de consulta legal en Daños y Perjuicios?

1. Describí el daño o siniestro

Detallá qué ocurrió, la fecha, responsables directos y cuantía estimada de los perjuicios.

2. Evaluación por letrados

Abogados especialistas cuantifican los rubros indemnizatorios e inician la mediación.

Comparativa de Servicio

Aspecto EvaluadoTengo Un CasoBúsqueda Web Tradicional
Cuantificación de RubrosCálculo integral de daño moral, físico y lucro cesanteEstimaciones sin sustento probatorio

Preguntas Frecuentes sobre Daños y Perjuicios en Argentina

¿Qué rubros se pueden reclamar en un juicio por daños y perjuicios?

Se puede reclamar daño emergente (gastos reales), lucro cesante (ganancias dejadas de percibir), daño moral (afecciones espirituales), incapacidad sobreviniente y daño punitivo según el caso.

¿Tenés una duda sobre tu situación legal?

Planteá tu consulta de forma confidencial. El equipo de asistentes estructurará tu caso para que recibas propuestas de abogados matriculados.

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