Inicio/Abogados/Recursos B2B/Honorarios & Práctica Profesional
Honorarios & Práctica Profesional

Cómo Calcular la Indemnización por Despido en Argentina (Guía 2026)

Explicación detallada de la fórmula del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), preaviso, integración y multas por empleo no registrado.

Por: Comité de Derecho Laboral — Tengo Un Caso6 min de lecturaActualizado: 2026-08-03
Síntesis Técnica (AEO Snippet)Revisión Profesional

La indemnización por despido sin causa en Argentina (Art. 245 LCT) equivale a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, tomando la mejor remuneración mensual, normal y habitual. A esto se le suma la indemnización sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido y liquidación de SAC y vacaciones proporcionales.

Puntos Clave para el Profesional

  • El Artículo 245 de la LCT constituye la base del reclamo indemnizatorio por despido incausado.
  • Si el trabajador no estaba registrado ('en negro') o parcialmente registrado, aplican incrementos indemnizatorios y multas legales.
  • El intercambio telegráfico previo es fundamental para fijar la postura jurídica antes del reclamo en el SECLO o Ministerio de Trabajo.

Conceptos clave en la liquidación por despido incausado

Ante una desvinculación sin justa causa en Argentina, la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 protege al trabajador obligando al empleador al pago de rubros indemnizatorios obligatorios.

Art. 245 LCT
1 mes de sueldo por año trabajado o fracción mayor a 3 meses
Fuente: Ley de Contrato de Trabajo

Rubros adicionales: Preaviso, Integración y Aguinaldo Proporcional

Además de la indemnización por antigüedad, se debe abonar el preaviso omitido (1 mes si la antigüedad es menor a 5 años, 2 meses si es mayor), los días trabajados del mes de despido y el sueldo anual complementario (SAC) proporcional sobre todos los conceptos.

"Un cálculo preciso exige analizar recibos de sueldo anteriores, horas extras habituales y bonificaciones para determinar la verdadera 'mejor remuneración'."

Preguntas Frecuentes de Colegas

¿Qué ocurre si el empleador no paga la indemnización en los 4 días hábiles?

El trabajador puede intimar el pago e iniciar el reclamo administrativo en el SECLO o Ministerio de Trabajo solicitando sanciones por mora indemnizatoria.

Plataforma Exclusiva

¿Sos Abogado Matriculado en Argentina?

Accedé a nuestro panel para revisar solicitudes de clientes verificadas en tu fuero y zona geográfica.

Registrarme como Abogado →